Casos Cangrejos

La Encomienda Mortal
Caso Cangrejo de Oro
25/11/2009

Funcionarios adscritos a la Sub- Delegación Puerto la Cruz del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Recibieron el premio Cangrejo de Oro, motivado a la labor investigativa y técnico científica puesta de manifiesto en las Actas Procesales Nº H-998.052, y el cual fue designado como “La Encomienda Mortal”

Se inicia la investigación del caso en fecha  11 de marzo de 2009, mediante    llamada telefónica del centralista que estaba de guardia en  la Policía  Municipal de  Sotillo, el cual notificó   que en las residencias  “La Atarraya”, ubicada en la Avenida Constitución de Puerto la Cruz, fue localizado un cadáver de sexo femenino del cual no se tenia mayores detalles.  

Al tener conocimiento de los hechos se organizaron y trasladaron comisiones de la Subdelegación  de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, al sitio del suceso, comenzando de esta forma a realizar investigaciones preliminares: fijaciones fotográficas, identificación y  levantamiento del Cadáver, además se recaudaron evidencias de interés criminalístico, efectuaron y requirieron   diversas experticias al laboratorio,  entre ellas: Levantamiento Planimetrico, Prueba de Ensayo Luminol y reconocimiento a las evidencias colectadas, asimismo  se interrogaron testigos presenciales  y referenciales indicando las primeras informaciones del caso,  que la víctima se desempeñaba como representante del Ministerio de Hábitat y Vivienda en el Estado Anzoátegui, siendo la encargada de inspeccionar las construcciones de una etapa de viviendas en proceso de construcción  ubicadas en la Urbanización Andrés Bello en  la población de El Tigre, Estado Anzoátegui. Analizando los hechos, y tras las primeras pesquisas,  establecen  que en horas de la mañana se encontraba en el apartamento de la occisa, la persona encargada de realizar el  mantenimiento y limpieza del apartamento, confirmando que personas desconocidas  tocaron  la reja principal que se comunicaba con el Penthouse del edificio, en ese momento no escucharon y al salir la vecina que vivía en el Penthouse del frente,  ellos le comentaron que traían una encomienda, luego la vecina llamó al apartamento de ella comunicándole a la muchacha de servicio que habían dos personas esperando, inmediatamente la domestica bajó y les pregunto que deseaban, eran dos personas de sexo masculino que llevaban distintivos con fotos y logos de la Empresa transportadora, respondiendo que traían una encomienda la cual estaba cubierta con cinta adhesiva que llevaba el nombre de la compañía, la domestica le informó a la hoy occisa y ella le dio la autorización para que la recibiera, les abrió la reja y de esta manera lograron ingresar a la vivienda , uno de ellos sacó un arma de fuego y  apuntó a la muchacha de servicio, mientras que  la otra persona logra ubicar a la victima identificada como María  Clelia Spinas Dora, de nacionalidad venezolana adquirida, natural de Suiza, edad 53 años, de profesión Ingeniero Civil, en una de las   habitaciones, la cual estaba cerrada con seguro, por cuanto  la víctima  al percatarse de lo que estaba sucediendo corrió y se escondió en el cuarto, lo que le permitió realizar una llamada a un amigo, la cual no fue concretada,  debido a la situación de pánico por la que estaba atravesando   y por lo rápido que actúo el homicida derribando la puerta de una patada,  dejando evidencias  importantes, como la huella del zapato en la puerta, luego que fue  atada, la victima  le pidió al delincuente que se tranquilizara, pero este sin ningún tipo de piedad,  procedió a  tomar un cuchillo de la cocina  y clavándoselo varias veces  en la espalda le efectuó  un total de seis heridas punzocortantes causándole la muerte . Después del crimen los sujetos  huyen, dejando con vida a la muchacha de servicio quien logró  desatarse pidiendo ayuda, llamando a su sobrina y  a los vecinos quienes avisaron a  las autoridades.                

En el proceso de las investigaciones realizadas, se pudo verificar el  listado de personas que ingresaron al edificio ese día,  pudiéndose comprobar  que los sujetos se registraron  con datos falsos. Inmediatamente fueron trasladados los testigos al Despacho para ser interrogados. Analizadas las primeras entrevistas, obtuvieron la forma como estos sujetos consiguieron entrar al edificio, el Modus Operandi utilizado  y además los detalles físicos de los autores del hecho, también lograron obtener datos sobre el medio laboral donde se desempeñaba la victima  como Inspectora del Ministerio de Hábitat y Vivienda en la Región  Anzoátegui, en el cual se estaban construyendo casas de una etapa de la Urbanización Andrés Bello en la Población de El Tigre Estado Anzoátegui, donde ella se había negado a firmar unas valuaciones al propietario de la constructora el ciudadano  Manuel Andrade, debido a que había  reflejado unas medidas  diferentes a las que realizó  en la inspección la hoy occisa María Clelia, es decir, no cumplía con los parámetros del Ministerio. Insistiéndole al constructor en el 2007,  que debía continuar la construcción. En el año 2008, el constructor  logra que el banco le baje los recursos sin la autorización de María Clelia Spina (hoy occisa), firmando las valuaciones.

 

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