Recomendaciones
Modus Operandis:
Este tipo de delito se materializa, a través de la oferta pública de venta, arrendamiento o traspaso de inmuebles.
Una de las modalidades que los estafadores ponen en práctica es la constitución y establecimiento de empresas fantasmas, dedicadas a la compra y venta de inmuebles, a través de publicaciones en la prensa escrita por medio de los cuales ofrecen sus servicios a personas que requieren de vivienda, exigiéndoles a los interesados sumas importantes de dinero, por conceptos de trámites legales, depósitos y adelanto de mensualidades, para luego desaparecer y como consecuencia los interesados pierden todo el dinero invertido.
Otra modalidad, es la que se da cuando ciertas personas, valiéndose de documentos falsos, usurpan la identidad de los propietarios de inmuebles ofreciéndolos a precios muy inferiores a su valor real, lo cual atrae más fácilmente a los interesados, quienes adquieren el inmueble creyendo que están realizando el negocio de su vida.
Otro sería, utilizando a través del forjamiento de documentos que acreditan la propiedad del inmueble usurpación de identidad de propietarios de inmuebles y la oferta a bajos precios del mismo, lo que da como resultado la atracción masiva.
Igualmente existe un gran número de propiedades ofertadas a la venta, que tienen prohibición de enajenar o gravar, porque tienen hipotecas, o han sido dados en garantía. Se hace creer a la persona que está apremiada de conseguir vivienda, que ellos son los titulares y que tienen la facultad de disponer de los mismos.
Medidas preventivas:
- En los casos de compra-venta debe verificarse a través de Notarias Registros, la situación jurídica del inmueble.
- Verificar si las empresas que ofrecen ofertas, están debidamente registradas y son confiables.
- Que estas empresas presenten los documentos donde los propietarios le han concedido un poder de dicha oferta.
- Los montos deben hacerse preferiblemente en cheques de gerencia a nombre de la inmobiliaria y pedir constancias de haber entregado las cantidades exigidas. Tener el contacto con el dueño del inmueble
